Son jóvenes, tienen 18 años o unos pocos más, muchísimo tiempo libre,
han dejado de estudiar y no quieren estudiar. Es la llamada Generación
NINI (ni estudian, ni trabajan).
El fenómenos social no es nuevo... siempre ha existido, pero la
diferencia radica, quizá, en que hoy día se ha generalizado tanto que
se ha convertido en un problema y una carga para los padres, que han
visto cómo en su casa están sus hijos sin una ilusión de futuro... es
decir, su comportamiento se asemeja más al de una mascota que al de una
persona... vaguean, no se relacionan con la familia, suelen estar en
casa de mal humor, y exigen su comida, su ropa y su dinero... ¿?...
Están cómodos así... salen cuando quieren, vienen cuando les da la
gana... no quieren trabajar, no están acostumbrados a sacrificarse por
la familia, y no saben lo que es hacer algo que no les apetezca.
Como siempre, los padres tenemos mucha culpa de que nuestros hijos
lleguen a esa situación, máxime si alguno encima no le aprieta para que
el/la niño/a tenga unas obligaciones diarias tanto fuera como dentro de
casa.
Esos son los NINIS... hablas con ellos, y sus respuestas son vagas,
indiferentes y con un claro sabor a amargo, denotando desprecio por el
futuro...
Ante la pregunta: ¿cuando tus padres ya no puedan mantenerte, qué
harás?, lo que suelen responder es "ya veré"... o sea, que no les
preocupa por el momento... no tienen ilusión ni ganas de nada, sólo de
hacer lo que quieren hacer en cada momento...
sábado, 28 de agosto de 2010
domingo, 22 de agosto de 2010
ACTICVIDAD III a la XII
ACTIVIDAD III
3.1 Recurra a la obra de Clemente de Diego Instituciones de derecho civil español, Tomo I y extraiga la definición de derecho civil más común que da este autor.
3.2 Transcriba las definiciones de derecho civil de Rafael Galindo Villegas y de Ingacio Galindo Gárfias
3.3 Señale los puntos de coincidencia de las 3 definiciones
ACTIVIDAD IV
4.1 Explique donde se establece la contraposición entre el derecho federal y el derecho local
La contraposocion de superlegalidad constitucional no es un concepto limitado a la concepción puramente positivista, sino que puede ser aceptado por cualquier otra concepción sobre la base del reconocimiento de una primacía, por ejemplo en nuestro país es obvio, hay distintas supremacías, como tenemos un Estado Federal hay una primera supremacía que es la de Derecho Federal sobre el derecho local.
4.2 Revise el código civil para el distrito federal y previo análisis de su contenido y ámbito de competencia y trate de definirlo
El codigo civil para el distrito federal nos muestra los articulos para ver como se pueden aplicar en los diferentes casos que un abogado puede llegar a tener en el distrito.
ACTIVIDAD V
5.1 Ubique en el código civil entre la relación que existe entre constitución, ley y reglamento
La Constitución es esencialmente normativa. Es el fundamento del
Ordenamiento Jurídico. Es la fuente de validez de toda la normativa jurídica.
Y es fuente de las fuentes de Derecho. Por ello, la norma constitucional,
es de aplicación directa e inmediata y su jerarquía prevalente está jurisdiccionalmente garantizada. la Ley que se imponen al Reglamento. Por ello, es i1discutible que si la Constitución no impone reserva de Ley a la regulación que se trate y la Ley no lo prohibe.El Reglamento puede regular cualquier materia sin necesidad que exista una expresa habilitación o permiso de legislador, pues la potestad reglamentaria tiene su fuente en
la misma Constitución.
5.2 Plante la diferencia entre código civil y código de procedimiento civil
Código civil es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, privadas o públicas, en este último caso siempre que actúen como particulares, es decir, desprovistas de imperium.El código de procedimien es el conjunto orgánico y metódico de disposiciones legales tendientes a la aplicación de las leyes a casos concretos de controversias que se presentan en la vida en sociedad.
ACTIVIDAD VI
6.1 Menciona las tres grande codificaciones que através de su historia han sistematizado al derecho civil
Los factores que parecen determinar la idea de codificación del derecho civil, entendida como proceso histórico, pueden ser esquematizados del modo siguiente:
1.° La codificación se identifica inicialmente con un intento de insuflar en los ordenamientos jurídicos unos determinados ideales de carácter político,económico y social. El Código es un vehículo de transmisión y de vigorización de una ideología y de unas directrices políticas. Inicialmente, fueron las aspiraciones y los ideales del tipo de vida liberal-burgués, aunque posteriormente hayan podido ser otros diferentes.
2.° Porque significaban la renovación de unos ideales de vida, los Códigos debían constituir obras unitarias. Ello exigía la derogación de todo el Derecho anterior y la prohibición o interdicción de una heterointegración del sistema (el recurso a los llamados Derechos supletorios), sustituyéndola por una autointegración, en virtud de la cual el Código se basta a sí mismo.
3.° En los Códigos ha existido siempre un intento de tecnificación y de racionalización de las actividades jurídicas, que se traduce, primero, en un afán por la simplificación, que es una reducción del material normativo, y una formulación del mismo que se quiere que sea clara e inequívoca. Los Códigos vienen a expresarse en un lenguaje somero, lacónico y, en cierto modo, lapidario o, por lo menos muy comprimido, como si esa reducción o comprensión ahuyentara los problemas.
6.2 Indique como organizar al derecho existente en el sistema jurídico
En derecho sólo se estudia los principales o mas saltantes al estudio.
Un sistema jurídico es el conjunto de fuentes del derecho de un determinado lugar y no es lo mismo que ordenamiento jurídico o que pirámide de Kelsen, porque estos últimos se refieren sólo a normas jurídicas
También se puede estudiar sistemas procesales entre los cuales destacan el anglosajón y del civil law. El sistema procesal peruano es un sistema del civil law.Además se puede estudiar sistemas de parlamento, los cuales son unicameral y bicameral. El sistema parlamentario peruano es unicameral.
6.3 Indique como queda organizada el contenido del derecho civil dentro de la codificación de Justiniano
Justiniano, que constituyen el Corpus Iuris Civilis. Con este nombre se conoce desde la Edad Media la obra compilatoria llevada a cabo por el emperador Justiniano. En la primera mitad del siglo VI d. C. se adicionan, además, las constituciones imperiales de este emperador posterior a la compilación, las que dan origen a una cuarta parte del Corpus Iuris Civilis, llamada Novellæ.
7.1 Consulte el código para el distrito federal e indique su plan de organización e identifique la relación con el temario del derecho civil I
7.2 Revise el contenido de todos los cursos de derecho civil de la facultad de estudios superiores Facultad de Estudios Superiores Acatlán y cual es el esquema de organización que corresponde al derecho civil 1
ACTIVIDAD VIII
8.1 Indique porque la parte preliminar del código civil para el distrito federal es derecho común
El código civil para el distrito federal establecía: las disposiciones de este código regirán en el distrito federal en asuntos del orden común, y en toda la republica en asuntos del orden federal. Sabemos que el precepto de referencia ha sido modificado, pero de ello nos acopamos mas adelante en el presente apartado. El articulo 2. del código de comercio se modifico en la reforma del 24 de mayo de 1996, par establecer. ¨ A falta de disposiciones de este ordenamiento y las demás leyes mercantiles. Serán aplicables a los actos de comercio las del derecho común contenidas en el código civil aplicable en materia federal.
8.2 Consulte el código civil para el distrito federal e indique brevemente los aspectos que regulen en su parte preliminar
ACTIVIDAD IX
9.1 Cuales son las corrientes de mayor influencia en la codificación civil mexicana
El derecho civil Mexicano del siglo XIX estaba basado para su estudio y filiación de instituciones de varios derechos como el Romano Clásico y el posclásico, el canónico, el natural, el castellano, el llamado indiano, el español y por último el francés.
En la codificación civil mexicana del siglo XIX influyeron elementos significativos en la elaboración del derecho como:
1. Se trata de una materia cuya dogmática es casi dos veces milenaria.
2. Están presentes la laicización del derecho y la redefinición del papel del individuo y frente al Estado.
3. La codificación Civil Mexicana se realiza mediante la recepción de diversos ordenamientos jurídicos, surgidos en el seno de otras realidades socio-políticas, que hubieron de amalgamarse o sustituir según el caso.
4. Se hizo necesaria la resolución de problemas a través del desarrollo o evolución de algunas instituciones o el comienzo de otras.
5. La codificación la hicieron hombres con intereses individuales o de grupo que los condicionaron para actuar en un sentido y no en otro.
Las reformas fundamentales que se encuentran presentes en el documento de los sentimientos de la Nación de Morelos de 1813 se produjeron tanto en el Derecho Público como en el Privado y dos de ellas pasan a formar parte del Código Civil de 1870.
ACTIVIDAD X
10.1 Menciona tres de las principales características en que se basaba el derecho de los antiguos mexicanos
En el México prehispánico el libro manuscrito, considerado como receptáculo de la
cultura, representa una de las creaciones culturales más desarrolladas de las
civilizaciones Mesoaméricanas. Contaban además con un sistema escriturario altamente
desarrollado que, aunque sólo era conocido por las clases gobernantes o sacerdotales, les
permitía registrar y conservar por escrito los principales acontecimientos sociales,
m`ilitares, cronológicos, astronómicos, históricos, genealógicos y religiosos de estas
grandes civilizaciones.
La civilización Mesoaméricana, es decir, los pueblos indígenas asentados en el
altiplano y el área maya, habían alcanzado un gran desarrollo sociocultural y sus
conocimientos en los campos de las ciencias y las artes se encontraban en un ámbito
paralelo a los de las grandes civilizaciones de la antigüedad.
Pocos son los códices que se conservan actualmente; esto es por factores como la
naturaleza de los materiales empleados para su confección y sobre todo por la destrucción
de los representantes de la iglesia y la burocracia colonial.
Pero este lenguaje glífico no desapareció, ineludiblemente cambió a un lenguaje glífico -
literario (iconos y texto). Asimismo en la pictografía colonial se añaden nuevos asuntos
misceláneos, como la medicina y la botánica.
Es importante señalar que el sistema pictográfico indígena - hispánico empezó a decaer
hacia finales del siglo XVI, y sólo se elaboraron unos cuantos documentos durante el
siglo XVII y principios del XVIII, como los llamados Techialoyan, que tratan sobre la
tenencia de la tierra.
Actualmente los códices prehispánicos, existen en colecciones privadas, la mayoría están
depositados en instituciones académicas y algunos se encuentran en Europa y Estados
Unidos.
ACTIVIDAD XI
11.1 Haga una conclusión del derecho que rigió en la época colonial
ACTIVIDAD XII
12.1 Explique la situación jurídica civil que prevaleció en México apartar de las luchas por la independencia
12.2 Enumera de acuerdo con el año de su aparición los ordenamientos civiles que rigieron la vida de México independiente hasta llegar al código civil 1828
12.3 Señala los fundamentos rectores de los códigos civiles de 1870 y 1874
12.4 Enuncien los libros en los que se divide el código civil por el distrito federal
12.5 Menciona otros ordenamientos que regulan en la materia civil
3.1 Recurra a la obra de Clemente de Diego Instituciones de derecho civil español, Tomo I y extraiga la definición de derecho civil más común que da este autor.
3.2 Transcriba las definiciones de derecho civil de Rafael Galindo Villegas y de Ingacio Galindo Gárfias
3.3 Señale los puntos de coincidencia de las 3 definiciones
ACTIVIDAD IV
4.1 Explique donde se establece la contraposición entre el derecho federal y el derecho local
La contraposocion de superlegalidad constitucional no es un concepto limitado a la concepción puramente positivista, sino que puede ser aceptado por cualquier otra concepción sobre la base del reconocimiento de una primacía, por ejemplo en nuestro país es obvio, hay distintas supremacías, como tenemos un Estado Federal hay una primera supremacía que es la de Derecho Federal sobre el derecho local.
4.2 Revise el código civil para el distrito federal y previo análisis de su contenido y ámbito de competencia y trate de definirlo
El codigo civil para el distrito federal nos muestra los articulos para ver como se pueden aplicar en los diferentes casos que un abogado puede llegar a tener en el distrito.
ACTIVIDAD V
5.1 Ubique en el código civil entre la relación que existe entre constitución, ley y reglamento
La Constitución es esencialmente normativa. Es el fundamento del
Ordenamiento Jurídico. Es la fuente de validez de toda la normativa jurídica.
Y es fuente de las fuentes de Derecho. Por ello, la norma constitucional,
es de aplicación directa e inmediata y su jerarquía prevalente está jurisdiccionalmente garantizada. la Ley que se imponen al Reglamento. Por ello, es i1discutible que si la Constitución no impone reserva de Ley a la regulación que se trate y la Ley no lo prohibe.El Reglamento puede regular cualquier materia sin necesidad que exista una expresa habilitación o permiso de legislador, pues la potestad reglamentaria tiene su fuente en
la misma Constitución.
5.2 Plante la diferencia entre código civil y código de procedimiento civil
Código civil es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, privadas o públicas, en este último caso siempre que actúen como particulares, es decir, desprovistas de imperium.El código de procedimien es el
ACTIVIDAD VI
6.1 Menciona las tres grande codificaciones que através de su historia han sistematizado al derecho civil
Los factores que parecen determinar la idea de codificación del derecho civil, entendida como proceso histórico, pueden ser esquematizados del modo siguiente:
1.° La codificación se identifica inicialmente con un intento de insuflar en los ordenamientos jurídicos unos determinados ideales de carácter político,
2.° Porque significaban la renovación de unos ideales de vida, los Códigos debían constituir obras unitarias. Ello exigía la derogación de todo el Derecho anterior y la prohibición o interdicción de una heterointegración del sistema (el recurso a los llamados Derechos supletorios), sustituyéndola por una autointegración, en virtud de la cual el Código se basta a sí mismo.
3.° En los Códigos ha existido siempre un intento de tecnificación y de racionalización de las actividades jurídicas, que se traduce, primero, en un afán por la simplificación, que es una reducción del material normativo, y una formulación del mismo que se quiere que sea clara e inequívoca. Los Códigos vienen a expresarse en un lenguaje somero, lacónico y, en cierto modo, lapidario o, por lo menos muy comprimido, como si esa reducción o comprensión ahuyentara los problemas.
6.2 Indique como organizar al derecho existente en el sistema jurídico
En derecho sólo se estudia los principales o mas saltantes al estudio.
Un sistema jurídico es el conjunto de fuentes del derecho de un determinado lugar y no es lo mismo que ordenamiento jurídico o que pirámide de Kelsen, porque estos últimos se refieren sólo a normas jurídicas
También se puede estudiar sistemas procesales entre los cuales destacan el anglosajón y del civil law. El sistema procesal peruano es un sistema del civil law.Además se puede estudiar sistemas de parlamento, los cuales son unicameral y bicameral. El sistema parlamentario peruano es unicameral.
6.3 Indique como queda organizada el contenido del derecho civil dentro de la codificación de Justiniano
Justiniano, que constituyen el Corpus Iuris Civilis. Con este nombre se conoce desde la Edad Media la obra compilatoria llevada a cabo por el emperador Justiniano. En la primera mitad del siglo VI d. C. se adicionan, además, las constituciones imperiales de este emperador posterior a la compilación, las que dan origen a una cuarta parte del Corpus Iuris Civilis, llamada Novellæ.
- Las Instituciones, síntesis de preceptos y doctrina en cuatro libros de reducida extensión. Escrita para el estudio del derecho.
- El Digesto, reunión de fragmentos de obras de los grandes jurisconsultos romanos, formando cincuenta libros. Es la parte más voluminosa del Corpus.
- El Código, colección de rescriptos imperiales dictadas por varios emperadores.
- Las Novelas (de la expresión novellæ leges = nuevas leyes), constituciones promulgadas por Justiniano después de publicar la compilación integrada por las tres partes anteriores.
7.1 Consulte el código para el distrito federal e indique su plan de organización e identifique la relación con el temario del derecho civil I
7.2 Revise el contenido de todos los cursos de derecho civil de la facultad de estudios superiores Facultad de Estudios Superiores Acatlán y cual es el esquema de organización que corresponde al derecho civil 1
ACTIVIDAD VIII
8.1 Indique porque la parte preliminar del código civil para el distrito federal es derecho común
El código civil para el distrito federal establecía: las disposiciones de este código regirán en el distrito federal en asuntos del orden común, y en toda la republica en asuntos del orden federal. Sabemos que el precepto de referencia ha sido modificado, pero de ello nos acopamos mas adelante en el presente apartado. El articulo 2. del código de comercio se modifico en la reforma del 24 de mayo de 1996, par establecer. ¨ A falta de disposiciones de este ordenamiento y las demás leyes mercantiles. Serán aplicables a los actos de comercio las del derecho común contenidas en el código civil aplicable en materia federal.
8.2 Consulte el código civil para el distrito federal e indique brevemente los aspectos que regulen en su parte preliminar
ACTIVIDAD IX
9.1 Cuales son las corrientes de mayor influencia en la codificación civil mexicana
El derecho civil Mexicano del siglo XIX estaba basado para su estudio y filiación de instituciones de varios derechos como el Romano Clásico y el posclásico, el canónico, el natural, el castellano, el llamado indiano, el español y por último el francés.
En la codificación civil mexicana del siglo XIX influyeron elementos significativos en la elaboración del derecho como:
1. Se trata de una materia cuya dogmática es casi dos veces milenaria.
2. Están presentes la laicización del derecho y la redefinición del papel del individuo y frente al Estado.
3. La codificación Civil Mexicana se realiza mediante la recepción de diversos ordenamientos jurídicos, surgidos en el seno de otras realidades socio-políticas, que hubieron de amalgamarse o sustituir según el caso.
4. Se hizo necesaria la resolución de problemas a través del desarrollo o evolución de algunas instituciones o el comienzo de otras.
5. La codificación la hicieron hombres con intereses individuales o de grupo que los condicionaron para actuar en un sentido y no en otro.
Las reformas fundamentales que se encuentran presentes en el documento de los sentimientos de la Nación de Morelos de 1813 se produjeron tanto en el Derecho Público como en el Privado y dos de ellas pasan a formar parte del Código Civil de 1870.
ACTIVIDAD X
10.1 Menciona tres de las principales características en que se basaba el derecho de los antiguos mexicanos
En el México prehispánico el libro manuscrito, considerado como receptáculo de la
cultura, representa una de las creaciones culturales más desarrolladas de las
civilizaciones Mesoaméricanas. Contaban además con un sistema escriturario altamente
desarrollado que, aunque sólo era conocido por las clases gobernantes o sacerdotales, les
permitía registrar y conservar por escrito los principales acontecimientos sociales,
m`ilitares, cronológicos, astronómicos, históricos, genealógicos y religiosos de estas
grandes civilizaciones.
La civilización Mesoaméricana, es decir, los pueblos indígenas asentados en el
altiplano y el área maya, habían alcanzado un gran desarrollo sociocultural y sus
conocimientos en los campos de las ciencias y las artes se encontraban en un ámbito
paralelo a los de las grandes civilizaciones de la antigüedad.
Pocos son los códices que se conservan actualmente; esto es por factores como la
naturaleza de los materiales empleados para su confección y sobre todo por la destrucción
de los representantes de la iglesia y la burocracia colonial.
Pero este lenguaje glífico no desapareció, ineludiblemente cambió a un lenguaje glífico -
literario (iconos y texto). Asimismo en la pictografía colonial se añaden nuevos asuntos
misceláneos, como la medicina y la botánica.
Es importante señalar que el sistema pictográfico indígena - hispánico empezó a decaer
hacia finales del siglo XVI, y sólo se elaboraron unos cuantos documentos durante el
siglo XVII y principios del XVIII, como los llamados Techialoyan, que tratan sobre la
tenencia de la tierra.
Actualmente los códices prehispánicos, existen en colecciones privadas, la mayoría están
depositados en instituciones académicas y algunos se encuentran en Europa y Estados
Unidos.
ACTIVIDAD XI
11.1 Haga una conclusión del derecho que rigió en la época colonial
En México, ya que su sistema de organización ha logrado comprender como esa cultura logró tener tanto poder sobre otras culturas, muchas personas piensan que las culturas antiguas sólo se dedicaban al cultivo, al culto y al formación de guerreros, pero no, ya que es importante conocer como los Aztecas tenían una organización social, pero, esas no son las únicas bases sino también en la época colonial, ya que cuando llegaron los Españoles peninsulares implantaron sistemas que estaban regidos en España.
Por esto en este trabajo se demuestra como el derecho positivo Mexicano ha trascendido y tienen historia desde las culturas prehispánicas, a través del tiempo México ha desarrollado el Derecho, por lo que se invita al lector ah conocer la importancia del derecho positivo, y su desarrollo a través para que el lector tenga nociones del Derecho positivo Mexicano.
Al ofrecer al lector estas nociones de derecho positivo, al lector se ha tomado en cuenta como México, a través de su historia, ha implantado una organización social muy importante en nuestro país , y las cuales están vigentes en la actualidad, en este trabajo se muestra gran campo de estudio en el Derecho Mexicano, conociendo la importancia y el desarrollo del campo jurídico en el Derecho Penal, Derecho Procesal Mexicano, Derecho Constitucional Mexicano y la importancia de cada uno de estos.
Hay que señalar que en este trabajo se hace un mención muy importante y específica sobre el Derecho Constitucional ya que al conocer este tema se podrá uno darse cuenta como México se ha desarrollado de esa forma en el Sistema Jurídico, con el propósito de que el lector conozca los temas seleccionado y resumidos, ya que ha sido de gran importancia analizarlos para comprender su estructura.
ACTIVIDAD XII
12.1 Explique la situación jurídica civil que prevaleció en México apartar de las luchas por la independencia
12.2 Enumera de acuerdo con el año de su aparición los ordenamientos civiles que rigieron la vida de México independiente hasta llegar al código civil 1828
12.3 Señala los fundamentos rectores de los códigos civiles de 1870 y 1874
12.4 Enuncien los libros en los que se divide el código civil por el distrito federal
12.5 Menciona otros ordenamientos que regulan en la materia civil
Actividad II
2-1¿En el derecho romano cuando se está frente a las instituciones del derecho público?
El desarrollo del Derecho Romano se clasificado en varios periodos que van desde la fundacion de roma hasta el Imperio de Justiniano;en cada uno de ellos hay rasgos particulares que los distinguen, sin embargo, para este estudio, es de suma importancias conocer las fuentes del Derecho en general,
ya que es atraves de estas que se puede señalarsi existe, o no, una division entre el Derecho publico y Derecho privado.
La división del derecho en derechopúblico y en derecho privado existió en el derecho romano, es decir , ya en el derecho romano el derecho se dividía en derecho público y en derecho privado.
Un aforismo romano precisa lo siguiente Sub tutela juris publici latet jus privatum que significa lo siguiente bajo la tutela del derecho público se halla latente el derecho privado. Es decir, en el derecho romano no se hacía referencia al derechosocial .
El derecho público no puede ser alterado por los particulares jus publicum privatorum pactis mutari non potest.
En el derecho romano el derecho privado era elconjunto de normas jurídicas que protegen y regulan la actividad del individuo privatum ius est quod ad singulorum utilitatem pertinet, y el derecho público era el conjunto de normas que se refieren al Estado, al culto, a los sacerdotes y a los magistrados en especial modo publicum ius est quod ad rempublicam pertinet.
2-2¿ Por que el ius civili formaba parte del ius privatum?
El Ius Privatum es el credo por los particulares por medio de negocios jurídicos. Estos no podrán desbordar el margen de autonomía que les conceden las leyes públicas. El Derecho público no podrá ser alterado por la voluntad de los particulares. El ius civili es el derecho propio de los ciudadanos romanos basado en la Ley de las XII Tablas y la jurisprudencia o dictámenes de los jurisconsultos.
La división del derecho en derecho
Un aforismo romano precisa lo siguiente Sub tutela juris publici latet jus privatum que significa lo siguiente bajo la tutela del derecho público se halla latente el derecho privado. Es decir, en el derecho romano no se hacía referencia al derecho
El derecho público no puede ser alterado por los particulares jus publicum privatorum pactis mutari non potest.
En el derecho romano el derecho privado era el
2-2¿ Por que el ius civili formaba parte del ius privatum?
El Ius Privatum es el credo por los particulares por medio de negocios jurídicos. Estos no podrán desbordar el margen de autonomía que les conceden las leyes públicas. El Derecho público no podrá ser alterado por la voluntad de los particulares. El ius civili es el derecho propio de los ciudadanos romanos basado en la Ley de las XII Tablas y la jurisprudencia o dictámenes de los jurisconsultos.
2-3¿Que criterio utilizaron los romanos para distinguir entre el derecho público y derecho privado?
La distinción entre Derecho Público y Privado consta ya en el Digesto (Siglo VI) donde Ulpiano manifestó que el Derecho Público es aquel referido a la cosa pública de Roma y que el Derecho Privado es dictado en interés de los particulares. Esta distinción llamada teoría del interés basa la diferencia en que el interés protegido por el Derecho Público es el estatal y el del Derecho Privado, es el de los ciudadanos.
2-4¿Cual es el argumento que fundamenta la división entre derecho privado y el derecho civil cuando a tiende al criterio de la personalidad ?
Derecho civil de manera más general se puede definir el derecho civil como el derecho privado común y general descriptivamente como e conjunto de principios y preceptos jurídicos sobre temas como la personalidad, relaciones patrimoniales y familia. El conjunto de principios y normas que regulan las relaciones mas generales y ordinarias de la vida, considerando a la persona en cuanto a tal, como sujeto de derecho y miembros de una familia, para la consecución de sus fines individuales dentro del concierto social.
2-5¿Como sostiene el criterio de la relación entre derecho público y derecho privado?
La relación entre Derecho público y privado se remonta a la antigua Roma, pero está hoy en
2-6 ¿Cuales son las características del derecho civil en oposición de las características del derecho privado?
2-7¿En que se basan los juristas que niegan la división del derecho?
No pueden negar la división del derecho ya que le derecho es muy extenso como para poder comprenderlo sin tener sus especificaciones. Podrían basarse en que el derecho es el conjunto de normas que regulan el comportamiento de los seres humanos y que todos los tipos de derecho son un conjunto de normas, siendo que si los son pero no pueden ser mezclados
Actividad I
1-1¿Qué papel desempeña el ius civile en la sociedad romana?
Los ciudadanos romanos se regían en esta época por el “ius civile”, que era un derecho propio y exclusivo de los ciudadanos romanos.
Características del “ius civile”:
Pretor urbano = resolvía conflictos entre los ciudadanos romanos mediante el procedimiento de las acciones de ley (legis actiones).
Acciones de Ley = es el procedimiento para que el ciudadano romano pueda hacer valer sus derechos cuando resultan desconocidos por alguien y en el que el mínimo error formal comporta la pérdida del litigio.
1-2¿En que periodo de su evolución el derecho romano privado llega a ser derecho civil de las nuevas nacionalidades?
Desde el periodo de roma el derecho romano viene la denominación derecho civil, ius civile, al que Justiniano
caracterizó como el derecho de la ciudad, de los ciudadanos romanos, contraponiéndolo al
ius gentium, éste último que correspondía al derecho común de todos los pueblos, en
relación a Roma.Modernamente ya no comprende el derecho público y el derecho privado conjuntamente,
ahora quedó como un derecho estrictamente privado. Su verdadera concepción se da a
través del Código de Napoleón, considerado como el primer Código Civil.
1-3¿En que momento el derecho civil pasa a ser derecho común frente a los derechos especiales?
Las normas del Derecho civil se aplican a todas las materias de Derecho privado que no tengan una regulación especial de carácter legal. La evolución del derecho, y su especialización, hicieron nacer ramas específicas del Derecho privado como el Derecho mercantil. Estas ramas tienen en común el hecho de mantener como derecho supletorio al Derecho civil, que se instituye así como Derecho común.
1-4¿Como llega el derecho civil a ser supletorio de las demás regulaciones jurídicas?
El ejercicio de la competencia para conservar, modificar y desarrollar el Derecho Civil de Cataluña, recuperada hace más de veinte años en el nuevo marco constitucional y estatutario, ha pasado, hasta ahora, por varias fases. En una primera fase, culminada con la Ley 13/1984, de 20 de marzo, sobre la Compilación del Derecho Civil de Cataluña, el objetivo fue adoptar la Compilación de 1960, integrarla en el ordenamiento jurídico catalán y adaptarla a los principios constitucionales, para superar los condicionamientos políticos del momento histórico en que fue dictada. En una segunda fase, iniciada paralelamente y continuada con más o menos intensidad hasta la actualidad, el Parlamento de Cataluña utilizó el instrumento técnico de las leyes especiales para ir dando cuerpo poco a poco a un ordenamiento jurídico rígido y adelgazado por la prolongada ausencia de instituciones legislativas propias.
lunes, 16 de agosto de 2010
Traduccion de la Frase en latin
(Os iusti meditabitur sapientiam, et lingua eius loquetur iudicium; lex eius in corde ipsius)
Traduccion
(La boca del justo medita con sabiduría y la lengua de ellos habla juzgando, su ley con su propio corazón)
I.N.A.P
El Instituto Nacional de Administración Pública es una casa de estudios que también ofrece servicios de consultoría y asistencia técnica. Esto implica que dentro de sus fines, el INAP realiza diferentes proyectos que atienden problemáticas específicas de los gobiernos en sus tres órdenes (Municipal, Estatal y Federal). Asimismo, se impulsa la investigación con el fin de difundir casos de éxito en las administraciones públicas y atender con oportunidad y calidad los requerimientos de la vida pública actual, lo que permite a sus asociados, su comunidad académica y estudiantil, así como a los receptores de servicios, contar con productos intelectuales de alta calidad y un expertise con alto prestigio en el sector público. El INAP tiene entre su cartera de estudios los programas de Licenciatura, Maestría, Doctorado, Especializaciones, Diplomados y otros, con lo que contribuye en la formación y profesionalización de los servidores públicos.
Seminario investigativo
El Seminario es un grupo de aprendizaje activo pues los participantes no reciben la información ya elaborada como convencionalmente se hace, sino que la buscan, la indagan por sus propios medios en un ambiente de recíproca colaboración.
El Seminario investigativo es una actividad o institución académica que tuvo su origen en la Universidad de Göttingen a fines del siglo XVIII. Lo inventaron los universitarios alemanes para sustituir la palabra cátedra y para demostrar que es posible unir la investigación y la docencia a fin de que mutuamente se complementen.
Es una forma de docencia y de investigación al mismo tiempo. Se diferencia claramente de la clase magistral en la cual la actividad se centra en la docencia-aprendizaje. En el Seminario el alumno sigue siendo discípulo pero empieza a ser él mismo profesor.
La ejecución de un Seminario ejercita a los estudiantes en el
estudio personal y de equipo, los familiariza con medios de investigación y reflexión y los ejercita en el método filosófico. El Seminario es fundamentalmente una práctica.
El Seminario investigativo es una actividad o institución académica que tuvo su origen en la Universidad de Göttingen a fines del siglo XVIII. Lo inventaron los universitarios alemanes para sustituir la palabra cátedra y para demostrar que es posible unir la investigación y la docencia a fin de que mutuamente se complementen.
Es una forma de docencia y de investigación al mismo tiempo. Se diferencia claramente de la clase magistral en la cual la actividad se centra en la docencia-aprendizaje. En el Seminario el alumno sigue siendo discípulo pero empieza a ser él mismo profesor.
La ejecución de un Seminario ejercita a los estudiantes en el
Tertulia
Una tertulia es una reunión, informal y periódica, de gente interesada en un tema o en una rama concreta del arte o de la ciencia, para debatir, informarse o compartir ideas y opiniones. Por lo general la reunión tiene lugar en un café o cafetería, y suelen participar en ellas personas del ámbito intelectual. Es una costumbre de origen español y se mantuvo arraigada hasta mediados del siglo xx en las colonias independizadas del imperio español. A los asistentes se les llama contertulios o tertulianos.+
PAGINA : http://es.wikipedia.org/wiki/Tertulia
PAGINA : http://es.wikipedia.org/wiki/Tertulia
Teatro en atril
Teatro en atril significa la presentacion integra de un texto con actuacion leida, tambien se dice lectura dramatizada. Es mucho mas que una simple lectura en voz alta. Es actuacion sin movimiento casi. Eso es teatro en atril. Y segun la direccion puede o no usar atriles. En ocasiones se ponen unos movimientos muy simples para que el publico pueda entender mejor el texto.
La Depresion y El Suicidio
Depresion
La mayoría de las personas sufren de depresión en algún momento en su vida.Hay muchas cosas que pueden provocar dicho
desequilibrio.
* Perdida de un ser querido o de algo que se estime mucho.
* Tensión crónica o un evento que cause mucha tensión
* Enfermedad grave
* Reacciones a medicinas
* Alcoholismo, abuso de drogas, demencia (locura) y otros problemas de salud mental.
* La falta de luz ida durante el invierno puede causarles a algunas personas un tipo de depresión llamada "depresión de invierno".
Algunas personas, por herencia, corren un mayor riesgo de padecer de desequilibrios químicos en el cerebro, Por
fortuna , hay tratamientos efectivos para estas y otras personas que pueden sufrir depresión. Todo el
mundo se puede sentir triste de vez en cuando. Para decidir que hacer , quizás le ayude a entender que tan profunda esta su tristeza
El estar triste no siempre quiere decir que usted vaya a tener depresión muy fuerte. Las malas noticias y las decepciones pueden hacer que usted se ponga triste, quizás por varios días. Esto es normal, siempre y cuando la tristeza no se vuelvapermanente . El pesar y la pena también puede causar tristeza normal.
Suicidio
La mayor parte de los que tienen ideas suicidas están, además, deprimidos. Los dos principales motivos por los que una persona se deprime son, en primer lugar, la pérdida del control sobre su situación vital y sus emociones y, en segundo lugar, la pérdida de toda visión positiva del futuro (desesperación). Ante la depresión y las ideas suicidas que de ella derivan sólo puede resultar eficaz una terapia que ayude a recuperar el control y la esperanza. El suicidio no soluciona nada, lo único que hace es adelantar el
final sin haber encontrado la solución. No se puede decir que el suicidio sea una opción, ya que "opción" quiere decir "posibilidad de optar o elegir", y el suicido nos arrebata para siempre lo uno y lo otro. La muerte es un acontecimiento irreversible que, no sólo no elimina el dolor, sino que lo transmite a quienes nos rodean. También transmiten su dolor las personas que viven en la más absoluta soledad y se quitan la vida. Se lo transmiten a aquellos miembros de la sociedad a quienes les importa y les preocupa. Algunas personas pueden ser genéticamente propensas a la depresión, padecer un desequilibrio químico , o haber pasado muchas desgracias a lo largo de su vida: algo que, en suma, les conduce a la depresión. Hay personas que "llaman a la depresión a gritos": son las que cultivan procesos de pensamiento cognitivo irreales y aspiran en la vida a objetivos inalcanzables. Sea cual sea la causa de la depresión, cualquier persona puede verse asaltada por intensas ideas de suicidio cuando el futuro se muestra desesperanzador.
No hay ninguna clase o tipo específico de persona que pueda tener la seguridad de noalbergar jamás pensamientos suicidas. Los médicos, los terapeutas y los adolescentes ocupan los primeros puestos en las estadísticas de suicidios consumados; si bien parece que en personas con firmes convicciones religiosas es más infrecuente el intento de suicidio.
La enfermedad psiquiátrica con más riesgo de suicidio es la depresión . Los momentos de la enfermedad con más riesgo son cuando disminuye la inhibición y la melancolía (empiezan a mejorar) o cuando se inicia la depresión. Los tres síntomas de la depresión relacionados con el suicidio son:
La mayoría de las personas sufren de depresión en algún momento en su vida.Hay muchas cosas que pueden provocar dicho
desequilibrio.
* Perdida de un ser querido o de algo que se estime mucho.
* Tensión crónica o un evento que cause mucha tensión
* Enfermedad grave
* Reacciones a medicinas
* Alcoholismo, abuso de drogas, demencia (locura) y otros problemas de salud mental.
* La falta de luz ida durante el invierno puede causarles a algunas personas un tipo de depresión llamada "depresión de invierno".
Algunas personas, por herencia, corren un mayor riesgo de padecer de desequilibrios químicos en el cerebro, Por
El estar triste no siempre quiere decir que usted vaya a tener depresión muy fuerte. Las malas noticias y las decepciones pueden hacer que usted se ponga triste, quizás por varios días. Esto es normal, siempre y cuando la tristeza no se vuelva
Suicidio
La mayor parte de los que tienen ideas suicidas están, además, deprimidos. Los dos principales motivos por los que una persona se deprime son, en primer lugar, la pérdida del control sobre su situación vital y sus emociones y, en segundo lugar, la pérdida de toda visión positiva del futuro (desesperación). Ante la depresión y las ideas suicidas que de ella derivan sólo puede resultar eficaz una terapia que ayude a recuperar el control y la esperanza. El suicidio no soluciona nada, lo único que hace es adelantar el
No hay ninguna clase o tipo específico de persona que pueda tener la seguridad de no
La enfermedad psiquiátrica con más riesgo de suicidio es la depresión . Los momentos de la enfermedad con más riesgo son cuando disminuye la inhibición y la melancolía (empiezan a mejorar) o cuando se inicia la depresión. Los tres síntomas de la depresión relacionados con el suicidio son:
Aumento del insomnio- Aumento del abandono del cuidado personal
- Aumento del deterioro cognitivo
¿Que es el IMJUVE?
El Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE) marca el inicio de una nueva etapa en la construcción de lo juvenil en el país, pues por vez primera nace un organismo de esta índole que tiene como origen una Ley, la cual fue aprobada por mayoría en la Cámara de Diputados el 22 de diciembre de 1998.
Esto asegura, de ahora en adelante, la viabilidad de sus objetivos. Ello fortalece y da plena seriedad y continuidad a las políticas federales hacia las y los jóvenes.Lo anterior significa que el país iniciará -vía el Instituto- un proceso de acumulación de trabajo, experiencia y, sobre todo, investigación de este segmento poblacional. De esta manera el IMJUVE, opera desde el 6 de enero de 1999 de acuerdo a la Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación, tiene como propósito definir y aplicar una política nacional de juventud -para las y los habitantes entre 12 y 29 años de edad-, e incorporarlos plenamente al desarrollo del país, de manera enfática en cuanto a organización, salud, empleo y capacitación, prevención de adicciones y otras. Algunas atribuciones son la ejecución acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades sobresalientes, como los premios nacionales de la Juventud y de la Juventud Indígena, entre otros.
PAGINA : http://www.imjuventud.gob.mx/
Fundacion C arolina
La Fundación Carolina es una institución público-privada que promueve las relaciones culturales y la cooperación en materia educativa y científica entre España y los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones. para la promoción de las relaciones culturales y la cooperación en materia educativa y científica entre España y los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, así como con otros países con especiales vínculos históricos, culturales o geográficos.
Por su naturaleza, mandato y funciones la Fundación Carolina es una institución única en el sistema español de cooperación al desarrollo, así como en el marco de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.
Su singularidad se debe a:
- La participación conjunta de actores públicos y privados en su financiación, órganos de gobierno y actuaciones.
- El papel que juega como puente y catalizador de recursos entre las administraciones y agentes descentralizados como grandes empresas, instituciones académicas, centros de estudios u organizaciones no gubernamentales.
- La prioridad otorgada a las áreas de la cultura, la educación, la ciencia y la tecnología como campos esenciales para la promoción de la cooperación internacional, el desarrollo, la lucha contra la pobreza y la garantía de un futuro en paz y libertad.
- La apuesta por el equilibrio geográfico y por la democracia paritaria de los beneficiarios de sus programas.
El Ateneo de la Juventud
La Revolución Mexicana como forma de transformación política y social no se puede reducir a un movimiento armado. En ella intervinieron otros factores que también contribuyeron al cambio de la sociedad.
Uno de los factores de mayor importancia fue la crítica y oposición que los jóvenes intelectuales del momento hicieron contra la doctrina filosófica oficial y dominante en México: el Positivismo.
En su momento, la introducción de la doctrina positivista en el país representó un enorme avance, pues proporcionó a los políticos e intelectuales una herramienta para entender y actuar en consecuencia, a fin de intentar solucionar los grandes problemas nacionales.
Orden y Progreso
El Positivismo, doctrina creada por el francés Augusto Comte, proponía que la ciencia era el único conocimiento posible y que la humanidad ya se encontraba lo suficientemente madura para pensar y actuar de acuerdo con los dictados de la ciencia.
Para llegar a este momento histórico, la humanidad debió atravesar por el estado teológico, en el que el conocimiento y la interpretación de los sucesos del mundo se atribuían a la voluntad de los dioses.
AÑO INTERNACIONAL DE LA JUVENTUD
La ONU inauguró oficialmente el Año Internacional de la Juventud con un llamamiento para “promover el diálogo y el entendimiento entre las generaciones, las culturas y las religiones”, informa EFE.
En una ceremonia para celebrar el Día Internacional de la Juventud el secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, expresó que los jóvenes son los que heredarán los “éxitos y fracasos” del mundo actual. Ban informó que a lo largo del año conmemorativo, que comenzó el jueves, se llevarán a cabo en todo el mundo proyectos, programas y actividades destinadas a promover el diálogo y el entendimiento entre culturas.
Uno de los objetivos principales de Naciones Unidas en este Año Internacional es llamar la atención pública sobre la importante contribución de los jóvenes a sus comunidades y promover su participación activa en todos los aspectos de la vida social, especialmente en materia de desarrollo y oportunidades.
Según los datos de la ONU, nueve de cada diez de los 1.200 millones de jóvenes que hay en el mundo de entre 15 y 24 años viven en países en desarrollo, donde las oportunidades educativas y laborales suelen ser limitadas. Ban subrayó que es urgente ayudar principalmente a esos jóvenes menos afortunados a lo largo del año.
La ONU declaró el primer Año Internacional de la Juventud en 1985. Diez años después, la Asamblea General adoptó un marco oficial de promoción de apoyo internacional para los jóvenes. Actualmente los jóvenes representan alrededor del 18% de la población mundial.
El Día Internacional de la Juventud es, de por sí, un fenómeno muy reciente. La idea fue propuesta por los jóvenes durante la primera sesión del Foro Mundial de la Juventud del sistema de las Naciones Unidas. En 1999, por recomendación de la Conferencia Mundial de Ministros encargados de la Juventud (Lisboa, 8 a 12 de agosto de 1998) la ONU declaró el 12 de agosto como Día Internacional de la Juventud. Se buscaba con esto fomentar las políticas públicas y sectoriales, además de poner en la agenda de los gobiernos, los organismos internacionales y las organizaciones de la sociedad civil, la problemática de las y los jóvenes del mundo.Hace once años la Asamblea General adoptó el Programa de Acción Mundial para los Jóvenes. Con más de 200 millones de jóvenes viviendo en la pobreza, unos 130 millones de jóvenes analfabetos, 88 millones de jóvenes desempleados y 10 millones de jóvenes viviendo con VIH/SIDA, resulta clara la necesidad de un compromiso renovado con los objetivos del Programa de Acción Mundial.
En la Celebración del Día Internacional de la Juventud, la Dirección Nacional de Juventud fomentó el conocimiento del Programa Mundial de Acción en Pro de la Juventud, proyecto modelo que fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1995. El Programa busca que los gobiernos sean más receptivos a las aspiraciones de la juventud por un mundo mejor, así como a las solicitudes de la juventud de ser parte de la solución y no del problema. El Programa abarca 10 áreas prioritarias de acción:
• Educación
• Empleo
• Hambre y pobreza
• Salud
• Medio ambiente
• Abuso de drogas
• Delincuencia juvenil
• Actividades extraprogramáticas
• Niñas y mujeres jóvenes
• Completa y efectiva participación de los jóvenes en la vida de la sociedad y en la toma de decisiones.
JUSTO SIERRA
JUSTO SIERRA
Principió sus estudios en la ciudad de Mérida, estado de Yucatán
y los terminó en México a donde se trasladó su familia a la
muerte de su padre, en el Liceo franco-mexicano, y más tarde
en el Colegio de San Ildefonso, donde realizó brillantes estudios
y se reveló su vocación literaria. Se recibió de abogado en 1871.
Publicó sus primeros ensayos literarios a partir de 1868, y poco
después entró en la vida pública. Probó suerte en el drama con
su obra "Piedad" y en la novela con "El ángel del provenir".
Fue varias veces diputado al Congreso de la Unión,
y magistrado de la Suprema Corte de Justicia. Se da a conocer
en 1868 con "Playera" y las "Conversaciones del domingo" que
aparecen en El Monitor Republicano. Ocupó durante algunos años
la cátedra de Historia en la Escuela Nacional Preparatoria, para
la que escribió un libro de texto bien conocido. Fue uno d los
directores de la Revista Nacional de letras y Ciencias (1889-1890)
y colaboró en las principales publicaciones periódicas de su tiempo.
Ejerció una influencia muy grande en los medios intelectuales
y una vez muerto Ignacio Manuel Altamirano (1834-1893), fue
el maestro que orientó a las nuevas generaciones. En la
antigua Secretaría de Justicia e Instrucción Pública y Bellas
Artes (1905) fue nombrado titular de ella, cargo que desempeñó
hasta 1911, cuando fue designado Ministro Plenipotenciario de
España. A él se debió el establecimiento del primer sistema
de educación pública en México, y la reorganización de la
Universidad Nacional (1910). Dirigió la publicación de
México, su evolución social (1900 -1902) y de la Antología
del Centenario (1910). Presidió la Academia Mexicana
correspondiente de la Española desde 1919. Murió en
Madrid el 13 de septiembre de 1912. Su cadáver fue traído
a México y sepultado con grandes honores públicos.
En el primer centenario de su nacimiento la Universidad
le declaró Maestro de América y sus restos fueron
trasladados a la Rotonda de los Hombres Ilustres.
La obra de Justo Sierra es una de las más ricas y
caudalosas de su tiempo. Registra las manifestaciones
espirituales y culturales más significativas de la época
de grandes cambios que le tocó vivir. Narraciones, poesías,
discursos, doctrinas políticas y educativas, viajes, ensayos
críticos e historia, forman el valioso material de la obra
de Sierra. Se reúne con los poetas de la Revista Azul y de la
Revista Moderna e influye en sus discípulos como Urbina,
González Obregón, Urueta. Comenzó a escribir poesía desde
1868, ésta, el teatro y la prosa narrativa, son obras
de su juventud; la historia y la educación de su madurez;
y los terminó en México a donde se trasladó su familia a la
muerte de su padre, en el Liceo franco-mexicano, y más tarde
en el Colegio de San Ildefonso, donde realizó brillantes estudios
y se reveló su vocación literaria. Se recibió de abogado en 1871.
Publicó sus primeros ensayos literarios a partir de 1868, y poco
después entró en la vida pública. Probó suerte en el drama con
su obra "Piedad" y en la novela con "El ángel del provenir".
Fue varias veces diputado al Congreso de la Unión,
y magistrado de la Suprema Corte de Justicia. Se da a conocer
en 1868 con "Playera" y las "Conversaciones del domingo" que
aparecen en El Monitor Republicano. Ocupó durante algunos años
la cátedra de Historia en la Escuela Nacional Preparatoria, para
la que escribió un libro de texto bien conocido. Fue uno d los
directores de la Revista Nacional de letras y Ciencias (1889-1890)
y colaboró en las principales publicaciones periódicas de su tiempo.
Ejerció una influencia muy grande en los medios intelectuales
y una vez muerto Ignacio Manuel Altamirano (1834-1893), fue
el maestro que orientó a las nuevas generaciones. En la
antigua Secretaría de Justicia e Instrucción Pública y Bellas
Artes (1905) fue nombrado titular de ella, cargo que desempeñó
hasta 1911, cuando fue designado Ministro Plenipotenciario de
España. A él se debió el establecimiento del primer sistema
de educación pública en México, y la reorganización de la
Universidad Nacional (1910). Dirigió la publicación de
México, su evolución social (1900 -1902) y de la Antología
del Centenario (1910). Presidió la Academia Mexicana
correspondiente de la Española desde 1919. Murió en
Madrid el 13 de septiembre de 1912. Su cadáver fue traído
a México y sepultado con grandes honores públicos.
En el primer centenario de su nacimiento la Universidad
le declaró Maestro de América y sus restos fueron
trasladados a la Rotonda de los Hombres Ilustres.
La obra de Justo Sierra es una de las más ricas y
caudalosas de su tiempo. Registra las manifestaciones
espirituales y culturales más significativas de la época
de grandes cambios que le tocó vivir. Narraciones, poesías,
discursos, doctrinas políticas y educativas, viajes, ensayos
críticos e historia, forman el valioso material de la obra
de Sierra. Se reúne con los poetas de la Revista Azul y de la
Revista Moderna e influye en sus discípulos como Urbina,
González Obregón, Urueta. Comenzó a escribir poesía desde
1868, ésta, el teatro y la prosa narrativa, son obras
de su juventud; la historia y la educación de su madurez;
el periodismo político y la prosa literaria, ejercicio
constante a lo largo de toda su vida.
ALFONSO REYES
ALFONSO REYES
Hizo sus primeros estudios en escuelas
particulares de Monterrey, en el Liceo Francés de México, en el
Colegio Civil de Nuevo León, en la Escuela Nacional Preparatoria
y en la Facultad de Derecho de México, en donde obtuvo el título
de abogado el 16 de julio de 1913. En 1909 fundó, con otros
escritores mexicanos, el "Ateneo de la Juventud". Allí, junto con
Pedro Henríquez Ureña, Antonio Caso y José Vasconcelos se organizaron
para leer a los clásicos griegos. En 1910 publicó su primer libro
"Cuestiones Estéticas". En agosto de 1912 es nombrado secretario de
la Escuela Nacional de Altos Estudios, en la que profesó la cátedra
de "Historia de la Lengua y Literatura Españolas", de abril a junio
de 1913. El 17 de este mes fue designado segundo secretario de la
Legación de México en Francia, puesto que desempeñó hasta octubre de
1914. Exiliado en España (1914-1924), después de la muerte de su
padre, el general Bernardo Reyes. Se integró a la escuela de
Menéndez Pidal y posteriormente en la estética de Benedetto Croce,
más adelante publicó numerosos ensayos sobre la poesía del siglo de
oro español, entre los que destacan: "Barroco" y "Góngora"; además,
fue uno de los primeros escritores en estudiar a sor Juana Inés de
la Cruz. De esa época son "Cartones de Madrid" (1917), su breve pero
magistral obra, "Visión de Anáhuac" (1917), "El suicida" en 1917 y
"El cazador" en (1921).
En España se consagró a la Literatura y al periodismo; trabajó en
el Centro de Estudios Históricos de Madrid bajo la dirección de don
Ramón Menéndez Pidal.
En 1919 fue nombrado secretario de la comisión mexicana "Francisco
del Paso y Troncoso", también en este año efectuó la prosificación
del poema del Mío Cid, y en junio de 1920, fue nombrado segundo
secretario de la Legación de México en España. A partir de entonces
hasta febrero de 1939, en que regresó definitivamente a México,
ocupó diversos cargos en el servicio diplomático; Encargado de
Negocios en España (1922-1924), Ministro en Francia (1924-1927),
Embajador en Argentina (1927-1930 y 1936-1937) y en Brasil (1930-
1936). En abril de 1939 fue presidente de la Casa de España en
México, que después se convirtió en El Colegio de México, Fue
miembro de número de la Academia Mexicana correspondiente de la
Española, y catedrático fundador del Colegio Nacional. En 1945
obtuvo el Premio Nacional de Literatura en México. De 1924 a 1939
se convirtió en una figura esencial del continente hispánico,
como lo atestigua el propio Borges. Entre sus ensayos de esos años
se cuentan "Cuestiones gongorinas" (1927), "Simpatías y diferencias"
(ensayos, 1921-1926), "Homilía por la cultura" (1938), "Capítulos
de literatura española" (1939 y 1945) y "Letras de la Nueva España"
(1948). Maestro del lenguaje, de 1939 a 1950 llegó a la cumbre de
su madurez intelectual y escribió una larga serie de libros sobre
temas clásicos, como "La antigua retórica" y "Última Tule" en 1942,
"El deslinde" (1944), "La crítica en la Edad Ateniense" (1945),
"Junta de sombras" (1949). También escribió temas muy variados
tales como: "Tentativas y Orientaciones" (1944), "Norte y Sur"
(1945), "La X en la frente" y "Marginalia", en 1952. Entre sus
traducciones se encuentra parte de "La Iliada" de Homero, en
1951. Su trabajo con el mundo clásico no se limita al de la
erudición, es más bien una reinvención de metáforas poéticas y
hasta políticas que definen nuevas perspectivas para articular
la realidad de México, como su "Discurso por Virgilio" (1931).
transforma en una reflexión sobre la identidad y el pasado, una
alegoría de su propia vida personal y también de la del México
surgido de su propia Revolución. Fallece este insigne poeta
mexicano en el año de 1959.
particulares de Monterrey, en el Liceo Francés de México, en el
Colegio Civil de Nuevo León, en la Escuela Nacional Preparatoria
y en la Facultad de Derecho de México, en donde obtuvo el título
de abogado el 16 de julio de 1913. En 1909 fundó, con otros
escritores mexicanos, el "Ateneo de la Juventud". Allí, junto con
Pedro Henríquez Ureña, Antonio Caso y José Vasconcelos se organizaron
para leer a los clásicos griegos. En 1910 publicó su primer libro
"Cuestiones Estéticas". En agosto de 1912 es nombrado secretario de
la Escuela Nacional de Altos Estudios, en la que profesó la cátedra
de "Historia de la Lengua y Literatura Españolas", de abril a junio
de 1913. El 17 de este mes fue designado segundo secretario de la
Legación de México en Francia, puesto que desempeñó hasta octubre de
1914. Exiliado en España (1914-1924), después de la muerte de su
padre, el general Bernardo Reyes. Se integró a la escuela de
Menéndez Pidal y posteriormente en la estética de Benedetto Croce,
más adelante publicó numerosos ensayos sobre la poesía del siglo de
oro español, entre los que destacan: "Barroco" y "Góngora"; además,
fue uno de los primeros escritores en estudiar a sor Juana Inés de
la Cruz. De esa época son "Cartones de Madrid" (1917), su breve pero
magistral obra, "Visión de Anáhuac" (1917), "El suicida" en 1917 y
"El cazador" en (1921).
En España se consagró a la Literatura y al periodismo; trabajó en
el Centro de Estudios Históricos de Madrid bajo la dirección de don
Ramón Menéndez Pidal.
En 1919 fue nombrado secretario de la comisión mexicana "Francisco
del Paso y Troncoso", también en este año efectuó la prosificación
del poema del Mío Cid, y en junio de 1920, fue nombrado segundo
secretario de la Legación de México en España. A partir de entonces
hasta febrero de 1939, en que regresó definitivamente a México,
ocupó diversos cargos en el servicio diplomático; Encargado de
Negocios en España (1922-1924), Ministro en Francia (1924-1927),
Embajador en Argentina (1927-1930 y 1936-1937) y en Brasil (1930-
1936). En abril de 1939 fue presidente de la Casa de España en
México, que después se convirtió en El Colegio de México, Fue
miembro de número de la Academia Mexicana correspondiente de la
Española, y catedrático fundador del Colegio Nacional. En 1945
obtuvo el Premio Nacional de Literatura en México. De 1924 a 1939
se convirtió en una figura esencial del continente hispánico,
como lo atestigua el propio Borges. Entre sus ensayos de esos años
se cuentan "Cuestiones gongorinas" (1927), "Simpatías y diferencias"
(ensayos, 1921-1926), "Homilía por la cultura" (1938), "Capítulos
de literatura española" (1939 y 1945) y "Letras de la Nueva España"
(1948). Maestro del lenguaje, de 1939 a 1950 llegó a la cumbre de
su madurez intelectual y escribió una larga serie de libros sobre
temas clásicos, como "La antigua retórica" y "Última Tule" en 1942,
"El deslinde" (1944), "La crítica en la Edad Ateniense" (1945),
"Junta de sombras" (1949). También escribió temas muy variados
tales como: "Tentativas y Orientaciones" (1944), "Norte y Sur"
(1945), "La X en la frente" y "Marginalia", en 1952. Entre sus
traducciones se encuentra parte de "La Iliada" de Homero, en
1951. Su trabajo con el mundo clásico no se limita al de la
erudición, es más bien una reinvención de metáforas poéticas y
hasta políticas que definen nuevas perspectivas para articular
la realidad de México, como su "Discurso por Virgilio" (1931).
En "Ifigenia cruel" (1924), poema dramático en el estilo del
teatro clásico, el mito contado por Eurípides se reinventa, y se transforma en una reflexión sobre la identidad y el pasado, una
alegoría de su propia vida personal y también de la del México
surgido de su propia Revolución. Fallece este insigne poeta
mexicano en el año de 1959.
ARTICULO 830 del C.C.D.F
ARTICULO 830. EL PROPIETARIO DE UNA COSA PUEDE GOZAR Y DISPONER DE ELLA CON LAS LIMITACIONES Y MODALIDADES QUE FIJEN LAS LEYES
ARTICULOS 103 Y 107 CONSTITUCIONAL
ARTICULO 103. LOS TRIBUNALES DE LA FEDERACION RESOLVERAN TODA CONTROVERSIA QUE SE SUSCITE:
I. POR LEYES O ACTOS DE LA AUTORIDAD QUE VIOLEN LAS GARANTIAS INDIVIDUALES;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986) II. POR LEYES O ACTOS DE LA AUTORIDAD FEDERAL QUE VULNEREN O RESTRINJAN LA SOBERANIA DE LOS ESTADOS O LA ESFERA DE COMPETENCIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994) III. POR LEYES O ACTOS DE LAS AUTORIDADES DE LOS ESTADOS O DEL DISTRITO FEDERAL QUE INVADAN LA ESFERA DE COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD FEDERAL.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994)
I. POR LEYES O ACTOS DE LA AUTORIDAD QUE VIOLEN LAS GARANTIAS INDIVIDUALES;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986) II. POR LEYES O ACTOS DE LA AUTORIDAD FEDERAL QUE VULNEREN O RESTRINJAN LA SOBERANIA DE LOS ESTADOS O LA ESFERA DE COMPETENCIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994) III. POR LEYES O ACTOS DE LAS AUTORIDADES DE LOS ESTADOS O DEL DISTRITO FEDERAL QUE INVADAN LA ESFERA DE COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD FEDERAL.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994)
ARTICULO 107. TODAS LAS CONTROVERSIAS DE QUE HABLA EL ARTICULO 103 SE SUJETARAN A LOS PROCEDIMIENTOS Y FORMAS DEL ORDEN JURIDICO QUE DETERMINE LA LEY, DE ACUERDO A LAS BASES SIGUIENTES:
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE OCTUBRE DE 1993)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE OCTUBRE DE 1993)
I.- EL JUICIO DE AMPARO SE SEGUIRA SIEMPRE A INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE FEBRERO DE 1951)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE FEBRERO DE 1951)
II.- LA SENTENCIA SERA SIEMPRE TAL, QUE SOLO SE OCUPE DE INDIVIDUOS PARTICULARES, LIMITANDOSE A AMPARARLOS Y PROTEGERLOS EN EL CASO ESPECIAL SOBRE EL QUE VERSE LA QUEJA, SIN HACER UNA DECLARACION GENERAL RESPECTO DE LA LEY O ACTO QUE LA MOTIVARE.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
EN EL JUICIO DE AMPARO DEBERA SUPLIRSE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA DE ACUERDO CON LO QUE DISPONGA LA LEY REGLAMENTARIA DE LOS ARTICULOS 103 Y 107 DE ESTA CONSTITUCION.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
CUANDO SE RECLAMEN ACTOS QUE TENGAN O PUEDAN TENER COMO CONSECUENCIA PRIVAR DE LA PROPIEDAD O DE LA POSESION Y DISFRUTE DE SUS TIERRAS, AGUAS, PASTOS Y MONTES A LOS EJIDOS O A LOS NUCLEOS DE POBLACION QUE DE HECHO O POR DERECHO GUARDEN EL ESTADO COMUNAL, O A LOS EJIDATARIOS O COMUNEROS, DEBERAN RECABARSE DE OFICIO TODAS AQUELLAS PRUEBAS QUE PUEDAN BENEFICIAR A LAS ENTIDADES O INDIVIDUOS MENCIONADOS Y ACORDARSE LAS DILIGENCIAS QUE SE ESTIMEN NECESARIAS PARA PRECISAR SUS DERECHOS AGRARIOS, ASI COMO LA NATURALEZA Y EFECTOS DE LOS ACTOS RECLAMADOS.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
EN LOS JUICIOS A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR NO PROCEDERAN, EN PERJUICIO DE LOS NUCLEOS EJIDALES O COMUNALES, O DE LOS EJIDATARIOS O COMUNEROS, EL SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL NI LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, PERO UNO Y OTRA SI PODRAN DECRETARSE EN SU BENEFICIO. CUANDO SE RECLAMEN ACTOS QUE AFECTEN LOS DERECHOS COLECTIVOS DEL NUCLEO TAMPOCO PROCEDERAN EL DESISTIMIENTO NI EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LOS PROPIOS ACTOS, SALVO QUE EL PRIMERO SEA ACORDADO POR LA ASAMBLEA GENERAL O EL SEGUNDO EMANE DE ESTA.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE ABRIL DE 1986)
III.- CUANDO SE RECLAMEN ACTOS DE TRIBUNALES JUDICIALES, ADMINISTRATIVOS O DEL TRABAJO, EL AMPARO SOLO PROCEDERA EN LOS CASOS SIGUIENTES:
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE OCTUBRE DE 1967)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE OCTUBRE DE 1967)
A) CONTRA SENTENCIAS DEFINITIVAS O LAUDOS Y RESOLUCIONES QUE PONGAN FIN AL JUICIO, RESPECTO DE LAS CUALES NO PROCEDA NINGUN RECURSO ORDINARIO POR EL QUE PUEDAN SER MODIFICADOS O REFORMADOS, YA SEA QUE LA VIOLACION SE COMETA EN ELLOS O QUE, COMETIDA DURANTE EL PROCEDIMIENTO, AFECTE A LAS DEFENSAS DEL QUEJOSO, TRASCENDIENDO AL RESULTADO DEL FALLO; SIEMPRE QUE EN MATERIA CIVIL HAYA SIDO IMPUGNADA LA VIOLACION EN EL CURSO DEL PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL RECURSO ORDINARIO ESTABLECIDO POR LA LEY E INVOCADA COMO AGRAVIO EN LA SEGUNDA INSTANCIA, SI SE COMETIO EN LA PRIMERA. ESTOS REQUISITOS NO SERAN EXIGIBLES EN EL AMPARO CONTRA SENTENCIAS DICTADAS EN CONTROVERSIAS SOBRE ACCIONES DEL ESTADO CIVIL O QUE AFECTEN AL ORDEN Y A LA ESTABILIDAD DE LA FAMILIA;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 10 DE AGOSTO DE 1987)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 10 DE AGOSTO DE 1987)
B) CONTRA ACTOS EN JUICIO CUYA EJECUCION SEA DE IMPOSIBLE REPARACION, FUERA DE JUICIO O DESPUES DE CONCLUIDO, UNA VEZ AGOTADOS LOS RECURSOS QUE EN SU CASO PROCEDAN, Y
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE OCTUBRE DE 1967)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 25 DE OCTUBRE DE 1967)
C) CONTRA ACTOS QUE AFECTEN A PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE FEBRERO DE 1951)
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE FEBRERO DE 1951)
¿Que es el AMIJ?
La Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ) es un ente que agrupa a jueces, magistrados y ministros como representantes de los diversos órganos encargados de impartir justicia en el país, tanto a los que pertenecen al poder judicial como a los de naturaleza administrativa en los diferentes ámbitos de competencia.
PAGINA : http://www.amij.org.mx/M_acerca/que_es.php?expanddiv=menu_2
Sus antecedentes derivan del sistema nacional de impartidores de justicia, específicamente de la Declaración de Jurica, documento suscrito en la Ex Hacienda Jurica, en Querétaro el 2 de diciembre de 2005, por los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Poder Judicial de la Federación, los poderes judiciales de las entidades federativas, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Tribunal Superior Agrario, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, los tribunales electorales y de lo contencioso administrativo, las juntas locales de conciliación y arbitraje, y los tribunales federal y locales de conciliación y arbitraje. Así, el 20 de abril de 2007 en la sede principal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se constituyó la AMIJ.
¿QUE HACEN?
El trabajo por la conquista de una reforma judicial, con miras a fortalecer y modernizar la impartición de justicia en el país, sintetiza la causa y el fin de la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ). Esto justifica la necesidad de que sus objetivos sean acordes con el reto y que su actividad esté enfocada a garantizar el acceso a una justicia pronta, completa e imparcial.
Así fue concebida la AMIJ, como la instancia confiable de interlocución que apoya e impulsa los proyectos que sean necesarios para obtener beneficios generales en materia de capacitación, aplicación de la tecnología y modernización de la carrera judicial, en todos los órganos jurisdiccionales en México.
Un reto de tal envergadura ameritó el apoyo decidido del Estado mexicano y la iniciativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, impulsando esta empresa a través de la constitución del fideicomiso público conocido como “Fondo Jurica”, cuyo designio es ser la fuente de financiamiento que permita a todo visionario comprometido, elaborar y desarrollar los proyectos tendentes a lograr la metamorfosis del sistema de impartición de justicia.
PAGINA : http://www.amij.org.mx/M_acerca/que_es.php?expanddiv=menu_2
¿Somos propietarios de nosotros mismos?
En mi opinion si somo propietarios de nosotros mismos porque cada quien puede pensar, razonar y desidir, lo que uno puede ser o lo que uno quiere ser. Como primer paso hacia el equilibrio personal es necesario reconocer que la clave de nuestra felicidad existe en comprender que aunque no podemos cambiar la realidad que nos rodea, sí somos capaces de transformar nuestra realidad interna y en el proceso modificar la perspectiva que poseemos del mundo.
¿Que es el amaranto?
El grano de Amaranto, al igual que la quinoa, es considerado como un pseudocereal, ya que tiene propiedades similares a las de los cereales pero botánicamente no lo es aunque todo el mundo los ubica dentro de este grupo.
El cultivo del Amaranto o Huautli en América se remonta a más de siete mil años. Algunos autores afirman que los Mayas serían los primeros en cultivarlo y que luego poco a poco lo fueron haciendo Aztecas e Incas. El Amaranto, la quinoa y el maíz eran consideradas plantas sagradas. Los españoles prohibieron su cultivo ya que veían con malos ojos que las utilizaran en rituales
pagina : http://www.enbuenasmanos.com/articulos/muestra.asp?art=946
El cultivo del Amaranto o Huautli en América se remonta a más de siete mil años. Algunos autores afirman que los Mayas serían los primeros en cultivarlo y que luego poco a poco lo fueron haciendo Aztecas e Incas. El Amaranto, la quinoa y el maíz eran consideradas plantas sagradas. Los españoles prohibieron su cultivo ya que veían con malos ojos que las utilizaran en rituales
Propiedades del amaranto
- El Amaranto es una maravilla ya que se aprovecha todo: el grano y la planta en si, como verdura o forraje para los animales.
- La semilla tiene un alto contenido de proteínas, vitaminas y minerales que nos ayudan a crecer sanos y fuertes. Es por ello un alimento muy interesante para los niños.
- El Amaranto es ideal en Anemias y desnutrición ya que es un alimento rico en Hierro, proteínas, vitaminas y minerales.
- Es un alimento a tener en cuenta en la Osteoporosis ya que contiene calcio y magnesio.
- El Amaranto es una planta con mucho futuro ya que aparte de su interés nutricional también se puede aprovechar en la elaboración de cosméticos, colorantes e incluso plásticos biodegradables.
- Es una planta maravillosa ya que tanto las hojas como las semillas son de un alto valor nutritivo.
- Las hojas tienen más hierro que las espinacas. Contienen mucha fibra, vitamina A, C así como Hierro, Calcio y Magnesio.
- Algunos especialistas advierten que si usamos el Amaranto como verdura hemos de hervirlo ya que, sobre todo en terrenos con poco agua, las hojas pueden contener altos niveles de oxalatos y nitratos.
- Es un alimento que en algunos aspectos se parece a la leche ya que es rico en proteínas y contiene calcio y otros muchos minerales.
- Tiene un alto nivel de proteínas, que va del 15 al 18 % pero además lo interesante es su buen equilibrio a nivel de aminoácidos y el hecho de que contenga lisina que es un aminoácido esencial en la alimentación humana y que no suele encontrarse (o en poca cantidad) en la mayoría de los cereales.
- Contiene entre un 5 y 8% de grasas saludables. Destaca la presencia de Escualeno, un tipo de grasa que hasta ahora se obtenía especialmente de tiburones y ballenas.
- Su cantidad de almidón va entre el 50 y 60% de su peso. La industria alimentaria esta estudiando sus características ya que parece ser que puede ser un buen espesante.
¿Sabías que el amaranto...?
El Amaranto fue uno de los alimentos seleccionado por la Nasa para alimentar a los astronautas. Ellos necesitan alimentos que nutran mucho, que pesen poco y que se digieran fácilmente.pagina : http://www.enbuenasmanos.com/articulos/muestra.asp?art=946
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